Con fecha 3 de febrero de 2020, la Xunta de Galicia ha publicado una serie de ayudas para trabajadores autónomos y empresas (DOGA número 22 de fecha 3.02.2020) con el objetivo de incentivar los gastos de inicio de la nueva actividad, así como el mantenimiento de la misma y medidas de conciliación.
En esta entrada os presentamos un breve esquema sobre la Subvención bono autónomo nueva oportunidad de las personas autónomas.
Personas beneficiarias y requisitos:
Personas que cursen su alta en el régimen especial de autónomos o mutualidad equivalente entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2020, habiendo cesado anteriormente en su actividad por cuenta propia cursando sus respectivas bajas en seguridad social y en el I.A.E. y que cumplan los siguientes requisitos:
- Que el cese en la actividad anterior se haya producido con una antelación mínima de 6 meses a la nueva alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
- Que en la actividad anterior haya cotizado un mínimo de 6 meses ininterrumpidos.
- Que desde la baja de la actividad anterior haya estado desempleado e inscrito como demandante de empleo.
- Efectúe una formación mínima de 70 horas sobre formación gerencial, gestión comercial o financiera, marketing digital o sobre materias que tengan relación directa con el negocio a emprender, y que esté finalizada en el plazo de 3 meses antes del alta y hasta el 31 de octubre de 2020.
Cuantías:
a) BONO APOYO
6.000€ para las personas que hayan estado desempleadas e inscritas como demandantes de empleo con anterioridad a la fecha de la nueva alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
b) BONO FORMACIÓN
Hasta 6.000€ para realizar formación mínima de 70 horas en las materias anteriormente indicadas entre los 3 meses anteriores al alta en el régimen de autónomos y como máximo hasta el 31 de octubre de 2020.
Si estás interesado/a y quieres obtener más información sobre el Bono nueva oportunidad de las personas autónomos, no dudes en consultarnos a través de nuestros canales habituales de contacto.
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