Con fecha 3 de febrero de 2020, la Xunta de Galicia ha publicado una serie de ayudas para trabajadores autónomos y empresas (DOGA número 22 de fecha 3.02.2020) con el objetivo de incentivar los gastos de inicio de la nueva actividad, así como el mantenimiento de la misma y medidas de conciliación.
Una de estas ayudas está dirigida a las personas trabajadoras que estén de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos para subvencionar la contratación de trabajadores por cuenta ajena efectuadas con posterioridad al descanso por maternidad y paternidad de la persona trabajadora autónoma. Acceso a la orden reguladora
Tipos de ayudas, personas beneficiarias y requisitos:
BONO CONCILIA: Personas trabajadoras que estén de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos como persona física, o por su condición de socio de la sociedad mercantil o comunidad de bienes, que disfruten de un período de descanso por maternidad o paternidad y en el plazo de 15 días naturales siguientes a la finalización de este permiso realice una contratación por cuenta ajena de una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo.
El contrato de trabajo objeto de dicha podrá formalizarse bajo cualquier modalidad de contratación, a tiempo completo o parcial y por una duración inicial no inferior a 6 meses.
El importe de la subvención para compensar la contratación realizada alcanza los 500€ por mes completo según la duración indicada del contrato con un máximo de 12 mensualidades (6.000€).
BONO GUARDERÍA: Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las personas trabajadoras autónomas que hayan obtenido la subvención por el bono concilia. Se concederá una subvención por importe del 75% del coste de los servicios de guardería hasta un máximo de 3.000€. El período subvencionable comprenderá desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020.
Plazo:
Desde el 4 de febrero de 2020 hasta el 30 de septiembre 2020.
Si estás interesado/a y quieres obtener más información sobre estas ayudas para la conciliación familiar laboral, no dudes en consultarnos a través de nuestros canales habituales de contacto.
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