Con fecha de hoy, 15 de Enero de 2020, ha sido publicado en el B.O.E. el Real Decreto Ley 1/2020, por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del Sistema de Seguridad social, a través del cual se revalorizan las pensiones públicas en un porcentaje del 0,9% con efectos económicos de 1 de Enero de 2020.
Los perceptores de la pensiones del sistema de seguridad social que hayan sido revalorizadas, recibirán, antes de 1 de abril de 2021, y en un único pago, una cantidad equivalente a la diferencia entre la pensión abonada y la resultante de aplicar el porcentaje indicado.
Las nuevas cuantías de las pensiones mínimas son las siguientes:
El límite de ingresos para el reconocimiento de los complementos por mínimos se sitúa en las siguientes cuantías:
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Sin cónyuge a cargo: 7.638,00€ año.
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Con cónyuge a cargo: 8.909,00€ año.
El límite máximo de la pensión pública alcanza la cuantía de 2.683,34€ mes o 37.566,76€ año.
La cuantía de las Pensiones no contributiva se sitúa en los 5.538,40€ año o 395,60€ mes, siendo el complemento de pensión para el alquiler de vivienda de 525 euros anuales.
En cuanto a las prestaciones familiares, los nuevos importes son los siguientes:
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Asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad: 341 € año aunque podría alcanzar la cuantía de 588€ año en los casos que los ingresos sean inferiores al límite previsto según escala publicada.
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Asignación económica por hijo o menor a cargo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%: 1000€ año.
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Asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años con discapacidad:
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Con un grado de discapacidad igual o superior al 65%: 4.747,20€ año o 395,60€ mes.
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Con un grado de discapacidad igual o superior al 75% y con necesidad de ayuda de 3ª persona: 7.120,80€ año o 508,62€ mes.
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Prestación por nacimiento en supuestos de familias numerosas, monoparentales y de madres con discapacidad: 1.000€.
Dpto. Laboral de Asesoría Cholo
Ignacio Martín-Esperanza González
Vanesa Vidal Pita
Jose Lois Amoedo