Novedades en la mejora de la protección social, bases de cotización y bases mínimas en el régimen especial de trabajadores autónomos o por cuenta propia

En relación al acuerdo al que han llegado Gobierno y diversas asociaciones de trabajadores por cuenta propia a raíz de la subida de la base mínima de cotización de los trabajadores autónomos, es importante destacar que en el mismo se recogen importantes novedades para el sector, incidiendo en una mejora de la protección social que ofrece y una subida en los tipos de cotización y bases mínimas.

En relación a esto último,  se pretende incrementar el tipo de cotización aplicable a la base de cotización – actualmente en el 29,80%- que se situaría en el año 2019 en el 30%, en 2020 en el 30,3% en el año 2021 en el 30,6% hasta fijarse de manera definitiva en el año 2022.

novedades trabajadores autonomosDicha subida de tipo, con la consiguiente subida de la base mínima de cotización para este año 2019 (1,25%) situándola en el importe de 944,35€ mes, provocará un alza en el recibo mensual de 5,36€ mensuales (64,32€ año). La base mínima de cotización para los autónomos societarios se situará en el importe de 1.214,08€, pagando al mes un importe de 364,22€ – incremento de 6,89€ mensuales, 82,68€ anuales-.

La tarifa plana de 50€ para nuevos autónomos subirá hasta los 60€.

 

En cuanto a su protección social, se produciría una importante mejora, siendo de carácter obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo, cese de actividad y formación profesional (éstas son, actualmente, voluntarias). Se pretende facilitar el acceso a la prestación por cese de actividad flexibilizando los requisitos actuales y ampliando la duración de la prestación.

Además, los trabajadores/as  autónomos/as podrán acceder a la formación continua.

Otra de las medidas de especial relevancia, estriba en que a partir del segundo mes de baja por incapacidad temporal, los trabajadores autónomos no pagarán la cuota de seguridad social  hasta el momento del alta.

En cuanto a la reincorporación al trabajo dentro de los 24 meses siguientes a la finalización de una baja por maternidad, las trabajadora autónomas pagarían una cuota de 60€ durante 12 meses sin necesidad de cesar en la actividad.

Estaremos atentos para ver si dichas medidas son finalmente aprobadas, ya que suponen un importante avance para este colectivo de trabajadores.

Dpto. Laboral de Asesoría Cholo
Ignacio Martín-Esperanza González
Vanesa Vidal Pita
Jose Lois Amoedo

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