Modelos 720 y 721 de bienes en el extranjero.

Modelos 720 y 721 (declaración de bienes en el extranjero)

Antes del 31 de marzo de este año, todas aquellas personas residentes en España que posean bienes en el extranjero pueden tener que presentar alguna, o ambas, de las declaraciones informativas, modelos 720 y 721
1º.- Deberán presentar tales declaraciones aquellas personas que fuesen residentes fiscales en España al 31 de diciembre de 2024 y además
2º.- Fuesen titulares, autorizados o beneficiarios de algunos de los bienes, derechos o acciones de los indicados a continuación, y que estos tengan un valor conjunto igual o superior a los 50.000,00 euros:
TIPO DE BIEN.               VALOR CONJUNTO.        MODELOS
Inmuebles.                          50.000,00 o más             720
Valores.                               50.000,00 o más             720Modelos 720 y 721. Bienes en el extranjero
Depósitos bancarios          50.000,00 o más            720
Criptomonedas                  50.000,00 o más             721 (siempre que la plataforma Exchange que las gestiona no tenga su residencia en España)

¡¡ATENCIÓN!! Si participa en un inmueble, valor o depósito del referido valor, aunque solo posea el 1%, tiene el deber de realizar la declaración. TAMBIEN TENDRÁN OBLIGACIÓN DE PRESENTARLAS AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE HABIENDO POSEIDO ALGUNO DE LOS BIENES ANTES INDICADOS, HAYAN TRANSMITIDO PARTE DE ELLOS DURANTE EL EJERCICIO 2024, AUNQUE AHORA NO ALCANCEN TAL LÍMITE.

ASESORIA CHOLO, TRABAJANDO POR EL BIEN COMÚN.

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