Ayudas para establecimientos turísticos de Galicia

Publicadas en el DOG (resolución de 19 de noviembre de 2019) las bases reguladoras para la concesión de ayudas para establecimientos turísticos de Galicia para 2020.

 

Como de costumbre, os indicamos los principales requisitos de acceso, exclusiones, cuantías y obligaciones para poder optar a las ayudas mecionadas:

Requisitos para acceso:

  • Concurrencia competitiva (la concesión se establece mediante puntuación, aquellas empresas que tengan más puntuación serán los beneficiarios).
  • Plazo presentación: finaliza 30.12.2019.
  • Forma presentación: vía electrónica.
  • Plazo justificación de las inversiones: 01.01.2020 hasta 31.10.2020.
  • Establecimientos con antigüedad superior a cinco años desde fecha solicitud (tanto de actividad como de establecimiento).

 

Bases para acceso:

Establecimientos beneficiarias:

  • Establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural y albergues turísticos.
  • Empresas restauración.
  • Los establecimientos pueden ser personas físicas y jurídicas.

Proyecto subvencionables:

  • Mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
  • Mejora instalaciones para obtener la Q de Calidad Turística.
  • Mejora instalaciones para incremento de categoría.
  • Renovación y modernización instalaciones y mejora del entorno.
  • Equipamientos muebles.
  • Mejora climatización que supongan ahorro energético.
  • Gastos de honorarios técnicos de redacción del proyecto y dirección de obra ( no pueden superar 6% inversión neta admitida).

Otros requisitos:

  • Tienen que desarrollarse en Galicia.
  • Importe máximo inversión: 100.000 euros (sin incluir IVA).
  • Se solicitará licencia si lo exige la obra o en su defecto certificado ayuntamiento de no precisar.

No serán subvencionables:

  • Adquisición de terrenos, edificaciones, locales y elementos de transporte.
  • Gastos corrientes empresa (vajilla, cubertería, cristalería y pequeños utensilios).
  • Mantenimientos (limpieza canalones, pintura, arreglos carpintería, …).
  • Seguros.
  • Gastos conectividad.
  • Activos adquiridos mediante leasing o renting.

Cuantía subvencionable:

  • 25% a 35% de los gastos subvencionables.

Los criterios de selección a tener en cuenta en la puntuación:

  • Antigüedad local.
  • Porcentaje inversión sobre superficie construida.
  • Creación empleo.
  • Tamaño de la empresa.
  • Posesión de certificado de calidad.
  • Certificación ambiental.
  • Implantación planes de formación e igualdad.

Obligaciones de las personas beneficiarias:

  • Mantener la actividad mínimo cinco años.
  • Estar al corriente con las administraciones públicas.

 


Si estás interesado/a y quieres obtener más información sobre esta ayuda para establecimientos turísticos de Galicia, no dudes en consultarnos a través de nuestro canales habituales de contacto.

Más información y bases: Enlace al Diario Oficial de Galicia

 

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