Renta 2025 – Principales novedades

OBLIGACIÓN DE DECLARAR: Los que perciban prestaciones por desempleo solo estarán obligados a presentar la declaración si el volumen de sus rentas superan los umbrales determinados por Hacienda, al igual que cualquier otro contribuyente.

EXENCIONES:

  • Se amplía la exención por idemnizaciones por daños, recibidas de un seguro.
  • La idemnizaciones por cese en el trabajo amplian su exención a los casos en que se determinen por acuerdo entre las partes.
  • También se declaran exentos las pensiones por alimentos aunque el acuerdo sea extrajudicial.
  • Aparecen exenciones para los daminifacados por la DANA o INCENDIOS FORESTALES.

 

ACTIVIDADES ECONÓMICAS:

  • Descuentos especiales para los que hayan adquirido vehículos eléctricos o invertido en infraestructuras de recarga de dichos vehículos.
  • Gastos por inversiones que utilizen energía procedente de renovables.
  • Reducción aplicable en los ingresos por actividades artísticas de carácter excepcional.
  • Se mantienen los límites a los que están en módulos.
  • Descuentos especiales para diversos cultivos afectados por sequía, incendios, etc.

 

DEDUCCIONES:

  • Especiales para los residentes en la isla de LA PALMA
  • Exonerar el importe de ingresos por trabajo equivalante al salario mínimo.
  • Por obras de mejora en eficiencia energética de la vivienda.
  • Por adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga.

NOTA: Esto es un resumen informativo de ayuda al contribuyente, sin valor jurídico alguno.

Asesoría Cholo, trabajando por el bien común.
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